Una vez transcurrido el período de alegaciones tras la resolución provisional de los premios Cátedra del Agua Diputación de Alicante-UA 2024, de acuerdo con lo establecido en las bases de la convocatoria publicadas en el BOUA de 29 de julio de 2024: https://www.boua.ua.es/es/acuerdo/52301
Se expone seguidamente la resolución definitiva por la cual se propone otorgar:
El primer premio a la mejor Tesis Doctoral, a
D. Rubén Navarro Barrio, por su tesis “Evaluación de los consumos energéticos y costes asociados de las medidas de protección ambiental de las desaladoras de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla».
El segundo premio a la mejor Tesis Doctoral, a
Dña. Esther Sánchez Almodóvar, por su tesis «Experiencias de gestión del riesgo de inundación: acciones desde la adaptación y resiliencia al cambio climático en la provincia de Alicante».
El primer premio al mejor Trabajo de Fin de Máster, a
D. Luis Alfonso Ros Gilabert, por su trabajo “El nexo agua y energía: análisis de la sostenibilidad de la Conducción Júcar-Vinalopó».
El segundo premio al mejor Trabajo de Fin de Máster, a
D. Aida Poveda Camus, por su trabajo «Estudio de la mejora de la producción de biogás en la co-digestión de fangos de depuradora con residuos alimentarios»
La presente Resolución podrá ser recurrida ante el juzgado de lo contencioso‐administrativo de Alicante que resulte competente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas el artículo 38.4 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso‐Administrativa, y potestativamente podrán interponer recurso de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente, ante la rectora, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.